¿Cuándo se cobra el complemento de paternidad?
Preguntado por: Isaac Echevarría | Última actualización: 22 de abril de 2026Puntuación: 4.1/5 (17 valoraciones)
El complemento de paternidad se cobra mensualmente con la pensión, a mes vencido, generalmente el último día hábil del mes, una vez que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) lo aprueba y abona, siendo recomendable solicitarlo si te jubilaste entre enero de 2016 y febrero de 2021 y tienes dos o más hijos para reclamar la brecha de género, aunque también aplica para pensiones desde febrero de 2021 para reducir la brecha, según la Seguridad Social y Arriaga Asociados.
¿Cuánto tardan en pagar el complemento de paternidad?
Cobrar el complemento de paternidad implica dos fases: la tramitación inicial, que puede durar unos 6 a 12 meses si se inicia desde cero con solicitud y reclamaciones, y luego, una vez aprobado, se cobra mensualmente (el último día hábil del mes) junto con la pensión, recibiendo los atrasos desde que se causó el derecho, a menudo retroactivamente por unos meses previos a la solicitud, y de forma vitalicia.
¿Cuánto se cobra por hijo en el complemento de paternidad?
El complemento es de 27 euros por hijo por mes, por 14 pagas.
¿Qué jubilados tienen derecho al complemento por hijo?
Los jubilados que tienen derecho a cobrar por hijos son aquellos con pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, que hayan tenido al menos un hijo y que acrediten que la crianza afectó negativamente su carrera laboral, especialmente los hombres que deben demostrar perjuicio profesional, mientras que las mujeres lo obtienen por tener hijos y reducir la brecha de género, pudiendo cobrarlo también quienes accedieron a la pensión entre 2016 y 2021 con el antiguo complemento por maternidad/paternidad.
¿Qué jubilados tienen derecho a cobrar el complemento de paternidad?
Pueden reclamar el complemento de paternidad para jubilados los hombres que: Se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Tienen dos o más hijos (biológicos o adoptados). Perciben una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
COMPLEMENTO por PATERNIDAD EN TU PENSION ⏩ Jubilación / Incapacidad/ Viudedad
21 preguntas relacionadas encontradas
¿Cómo saber si tengo derecho al complemento de paternidad?
Para saber si tienes derecho al complemento de paternidad, debes ser hombre, pensionista (jubilación, incapacidad o viudedad) y haber accedido a tu pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, teniendo dos o más hijos biológicos o adoptados; si cumples estos requisitos, puedes solicitarlo al INSS. Si tu pensión fue reconocida a partir del 4 de febrero de 2021, el complemento por brecha de género se aplica automáticamente, pero si te faltan hijos, o si te la dieron en el periodo anterior y no te lo dieron, puedes reclamarlo.
¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo en 2025?
En 2025, pueden pedir el complemento por hijo los pensionistas de jubilación contributiva (excepto jubilación parcial), incapacidad permanente y viudedad que hayan tenido hijos y, además, cumplan requisitos específicos, como demostrar un perjuicio en su carrera laboral por la maternidad/paternidad, con un pago vitalicio que puede reclamarse incluso con efectos retroactivos si la pensión se concedió a partir del 4 de febrero de 2021.
¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo retroactivo?
Los pensionistas que pueden pedir el complemento por hijo retroactivo son hombres que accedieron a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y que tengan dos o más hijos, ya que se reconoce la retroactividad del antiguo complemento de paternidad gracias a sentencias judiciales que han unificado doctrina.
¿Cuánto se puede reclamar por un hijo dependiente?
Si el dependiente elegible es menor de 18 años de edad al final del año, puede reclamar: $2,616 en la línea 30500 de su declaración por cada dependiente elegible que sea su hijo (o el de su cónyuge o pareja de hecho) .
¿Cuál es la pensión máxima y el complemento de paternidad?
Para pensión máxima
El complemento al 5% por 2 hijos/as asciende a 939.16€ anuales. El complemento al 10% por 3 hijos/as asciende a 1.878,33€ anuales. El complemento al 15% por 4 hijos/as o más asciende a 2.817,50 €anuales. por 4 hijos/as o más asciende a 3.150€ anuales.
¿Tienen derecho los jubilados que accedieron a sus pensiones antes de 2016 al complemento por paternidad?
¿Tienen derecho al complemento por paternidad quienes accedieron a sus pensiones antes del 1 de enero de 2016? No, las personas que accedieron a sus pensiones de jubilación, viudedad o incapacidad permanente antes del 1 de enero de 2016 no tienen derecho al complemento.
¿Cuánta ayuda recibes por cada hijo?
Si trabajas y solicitas el Crédito Universal
Podrías reclamar hasta el 85% de tus gastos de cuidado infantil. Puedes recibir hasta £1,031.88 al mes por un hijo. £1,768.94 por dos o más hijos.
¿Cuántos años de cotización se reconocen por hijo para la jubilación?
Por cada hijo, se pueden obtener hasta 5 años de cotización adicional en España, sumando 112 días por parto y hasta 270 días por el cuidado si hubo interrupción laboral, con un máximo total de 5 años (1.825 días) acumulables por persona, aplicable a mujeres principalmente para mejorar la pensión o cumplir requisitos. Este reconocimiento ayuda a compensar las carreras profesionales interrumpidas por la crianza, mejorando la base reguladora y permitiendo acceder antes a la jubilación.
¿Cómo se reclama el complemento de paternidad?
¿CÓMO RECLAMAR EL COMPLEMENTO?
- Presentar solicitud ante el INSS, incluyendo todos los datos personales y familiares.
- Aportar documentación acreditativa: DNI, resolución de la pensión, libro de familia, certificados de nacimiento.
- Si el INSS deniega o ignora la solicitud: Presentar reclamación previa administrativa.
¿Cuánto tardan en resolver el complemento de paternidad?
Los resultados para el complemento de paternidad pueden tardar entre 3 y 12 meses en la vía administrativa, aunque es común el silencio administrativo (que es una denegación), lo que lleva a una reclamación previa (45 días) y, si es necesario, a la vía judicial, que puede extenderse mucho más, aunque con efectos retroactivos desde la solicitud, según el abogados expertos en paternidad www.perezybravoabogados.com.
¿Qué jubilados tienen derecho a cobrar el complemento por hijos?
Los jubilados que tienen derecho a cobrar por hijos son aquellos con pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, que hayan tenido al menos un hijo y que acrediten que la crianza afectó negativamente su carrera laboral, especialmente los hombres que deben demostrar perjuicio profesional, mientras que las mujeres lo obtienen por tener hijos y reducir la brecha de género, pudiendo cobrarlo también quienes accedieron a la pensión entre 2016 y 2021 con el antiguo complemento por maternidad/paternidad.
¿Cuánto se cobra por el complemento por hijo?
Tener uno o más hijos
Esta ayuda se puede percibir ya desde el primer hijo; y también si los hijos han sido adoptados. La cantidad máxima que puede percibirse por este complemento es de 136,80 euros mensuales, equivalente a cuatro veces la cuantía por hijo vigente en 2025.
¿Qué pensionistas podrán cobrar los 30 euros extra al mes de la Seguridad Social?
Beneficiarios. Las mujeres y los hombres que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad causada a partir del 4 de febrero de 2021.
¿Qué jubilados pueden pedir el complemento de paternidad?
Los jubilados varones que pueden solicitar el complemento de paternidad (o maternidad para padres) son aquellos que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, tienen dos o más hijos, y perciben una pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad), debiendo acreditar que su carrera profesional se vio afectada por el cuidado de los hijos. Si la jubilación es posterior a febrero de 2021, se aplica el complemento para la reducción de la brecha de género, con requisitos diferentes (un hijo, menos cotización en los años posteriores al nacimiento).
¿Cuánto sube el complemento de paternidad en 2025?
En 2025 la cuantía de este complemento asciende a 35,90 euros mensuales por cada hijo, con un límite máximo de hasta cuatro. Este importe se paga en 14 pagas y se actualiza anualmente.
¿Cómo saber si cobro el complemento por hijo?
Pueden acceder al complemento por hijos en la pensión las personas que:
- Se jubilen a partir del 4 de febrero de 2021.
- Empiecen a cobrar una pensión contributiva (de jubilación, viudedad o incapacidad permanente).
- Hayan tenido o adoptado uno o más hijos.
¿Qué dice la nueva reforma de pensiones 2025?
La Reforma Pensional 2025 en Colombia, Ley 2381, busca transformar el sistema pensional hacia un modelo de pilares (solidario,semicontributivo,contributivo y ahorro individual) para lograr mayor cobertura y equidad, con cambios como el traslado obligatorio de cotizaciones a Colpensiones hasta cierto umbral (3.8 SMLMV) y un régimen de transición que respeta derechos adquiridos (900 semanas hombres/750 mujeres) hasta el 1° de julio de 2025, aunque su entrada en vigencia ha sido suspendida por la Corte Constitucional para repetir trámites, manteniéndose vigente la Ley 100 mientras tanto.
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